Legalidad y fiscalidad

Cómo declarar el trading en la renta: CFD, forex y oro en España (IRPF 2026)

Publicado el 3 de noviembre de 2026 · Por el equipo de AUREUM · Lectura de 13 min

Si vives en España y haces trading con CFD (también sobre el oro) o con forex, a mano o con un robot, lo que ganas o pierdes se declara en el IRPF como ganancias y pérdidas patrimoniales y tributa en la base del ahorro, del 19 al 30 %. Nadie te retiene nada por el camino: lo declaras tú. Aquí tienes qué cuenta, dónde se pone en Renta WEB, cuándo entra el modelo 720 y un ejemplo con cifras para la declaración de 2026, la que se presenta en 2027, normalmente entre abril y junio.

Información, no asesoramiento fiscal

Esta guía resume la normativa estatal del IRPF vigente el 3 de noviembre de 2026 para residentes fiscales en España. Las normas, los criterios de Hacienda y las casillas cambian, y tu caso puede tener matices que aquí no caben. Antes de presentar la declaración, consulta a un asesor fiscal o a la Agencia Tributaria.

Cómo tributan los CFD, el forex y el oro en el IRPF

Un CFD, o contrato por diferencias, es un acuerdo con tu bróker para cobrar o pagar la diferencia de precio de un activo entre que abres y cierras la operación, sin llegar a comprarlo; la CNMV los describe como productos apalancados de alto riesgo. En los brókers de MetaTrader 5, el XAU/USD suele ser un CFD sobre el oro al contado (cómo funciona el margen, en apalancamiento en el oro).

Para Hacienda, su resultado es una ganancia o pérdida patrimonial de la base imponible del ahorro. Lo dijo la Dirección General de Tributos (DGT) en la consulta vinculante V0597-18, sobre CFD de índices y acciones y sobre contratos de divisas (forex): el margen es solo una garantía, no compras ni vendes el activo, y tributa la diferencia entre el precio de apertura y el de cierre. Las consultas vinculantes son respuestas escritas de la DGT cuyo criterio Hacienda debe aplicar a los casos iguales.

¿Y el oro? Un CFD sobre el oro es un CFD más: no tienes el metal, solo el contrato. No hemos encontrado ninguna regla que lo trate distinto, y la DGT, al describir los CFD, incluye los de cualquier activo que tenga precio en un mercado (V2770-19). El oro físico, los fondos y los ETC tienen sus propias reglas, y no los tratamos aquí.

Si nos lees desde Latinoamérica: esto vale solo para residentes fiscales en España, en general quienes pasan aquí más de 183 días al año o tienen aquí el centro de sus intereses económicos. Si vives en otro país, mandan sus normas. Y dentro de España, el País Vasco y Navarra tienen su propio IRPF: si vives allí, consulta su normativa.

Cuánto se paga por el trading: los tipos del ahorro en 2026

La base del ahorro es, a grandes rasgos, lo que te dejan en el año tus inversiones: ganancias menos pérdidas, más intereses y dividendos. Tributa por tramos: cada tramo de la ganancia paga su tipo, no toda al tipo más alto. La tabla suma la escala estatal y la autonómica, igual en todas las comunidades de régimen común:

Tramo de la base del ahorroTipo
Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 a 50.000 €21 %
De 50.000 a 200.000 €23 %
De 200.000 a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €30 %

Qué ha cambiado: el último tramo subió del 28 al 30 % en 2025, con la Ley 7/2024. Para 2026 no hemos encontrado cambios en las reglas del IRPF que usa esta guía: lo hemos comprobado en el texto consolidado de la Ley del IRPF en el BOE, con su última actualización, del 7 de octubre de 2026.

Un matiz: el mínimo personal, la parte de la renta que no paga impuesto, se aplica primero a la base general. Si tienes un sueldo, normalmente se agota ahí, y tu ganancia del trading tributa desde el primer euro.

Las pérdidas: cómo se compensan y hasta cuándo

Dentro del año, todas tus ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisiones se suman entre sí, las de CFD con las de acciones, fondos o criptomonedas: lo que pierdes con el oro resta de lo que ganas en bolsa. Si el saldo sale negativo (artículo 49 de la Ley del IRPF):

Por ejemplo, cierras 2026 con −1.000 € en CFD y cobras 2.000 € de intereses de un depósito. Restas 500 € (el 25 % de 2.000) y te quedan −500 € para compensar hasta 2030. Por eso conviene declarar también los años malos: Renta WEB recoge cada año esas pérdidas como «saldos netos negativos» pendientes de compensación.

Comisiones, swaps y la regla de los dos meses

No todo lo que ves en el historial cuenta igual. Según las consultas de la DGT:

La regla de los dos meses

Si vendes con pérdida acciones u otros valores cotizados y compras valores iguales en los dos meses anteriores o posteriores a la venta, esa pérdida se aplaza hasta que vendas esos valores (artículo 33.5.f de la Ley del IRPF). Con los CFD no pasa: la DGT ha dicho que no son valores ni elementos que se vendan y se vuelvan a comprar, así que no se les aplica ni esa regla ni la del año para otros bienes (V2770-19, repetido en V2115-21). Si cierras con pérdida y vuelves a abrir, la pérdida cuenta ese año.

De dónde salen las cifras: bróker español o extranjero

Muchos brókers españoles entregan un informe fiscal anual. Si el tuyo no lo da, o es extranjero (lo habitual con MetaTrader 5), sacas las cifras del extracto anual o del historial de la cuenta. En MT5:

  1. Abre la Caja de Herramientas (Ctrl+T) y ve a la pestaña Historial.
  2. Con el botón derecho, elige la vista Posiciones y un periodo del 1 de enero al 31 de diciembre.
  3. Con clic derecho sobre la cabecera de la tabla, activa las columnas Comisión y Swap; la fila de resumen suma beneficio, comisiones y swaps.
  4. Con clic derecho e Informe, guárdalo en HTML o en hoja de cálculo (lo explicamos en cómo ver en MT5 cuánto has pagado).

Dos avisos. MT5 muestra la hora del servidor del bróker, no la de España (horario del oro y hora del servidor): revisa las operaciones de la noche del 31 de diciembre. Y si tu cuenta está en dólares, la declaración va en euros: la DGT dice que cada resultado se pasa a euros al tipo de cambio oficial del día en que se produce, que es el que publica el Banco Central Europeo (consulta V1342-14, sobre una cuenta de forex en dólares, que se apoya en el artículo 36 de la Ley 46/1998). Los dólares de la cuenta también pueden dar diferencias de cambio al convertirlos o gastarlos (artículo 14.2.e de la Ley del IRPF): eso, mejor con tu asesor. Guarda los extractos oficiales del bróker mientras Hacienda pueda revisar el año (artículo 104 de la Ley del IRPF).

Dónde se declara en Renta WEB

Renta WEB no tiene un apartado propio para los CFD, y la Agencia Tributaria no los nombra en el modelo de la Renta 2025, el último publicado. Por descarte, encajan en el apartado F2, «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales», en el bloque de transmisiones de otros elementos patrimoniales, con la clave 4, «Otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas». Según la ayuda de Renta WEB, esa clave es para la ganancia o pérdida de «cualesquiera otros bienes o derechos no incluidos en los apartados anteriores», y un CFD no es una acción, ni un fondo, ni una criptomoneda, ni un inmueble. Es nuestra lectura, no una instrucción de la Agencia Tributaria: confírmala con tu asesor o con la propia Agencia.

Ese bloque usaba la casilla 1626 para la clave, la 1633 para el valor de transmisión y la 1637 para el de adquisición, con los totales en la 0386 (ganancias) y la 0385 (pérdidas). Los números pueden cambiar: comprueba los de 2026 cuando se publique el modelo, antes de la campaña de 2027 (la anterior fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026). El modelo calcula el resultado restando el valor de adquisición del de transmisión, así que esa diferencia tiene que coincidir con tu resultado neto. Cómo repartir las cifras entre las dos casillas, y si anotarlas operación a operación o agrupadas, consúltalo con tu asesor o con la Agencia Tributaria.

¿Tienes que presentar la declaración? Con ganancias de CFD, casi siempre: el límite de 22.000 € del sueldo solo libra a quien no tiene más rentas que las que enumera la ley, y las ganancias de los CFD, que no llevan retención, no están entre ellas. Solo te libras si todas tus rentas juntas no pasan de 1.000 € al año y tus pérdidas patrimoniales no llegan a 500 € (artículo 96 de la Ley del IRPF).

Un ejemplo con números redondos

Laura vive en Madrid, tiene un sueldo y en 2026 opera CFD con un bróker extranjero, con la cuenta en euros. Su historial del año dice esto; la última columna indica si cada línea entra en el cálculo del impuesto:

ConceptoImporte¿Cuenta?
CFD de oro (XAU/USD), operaciones cerradas+3.000 €Sí
Otros CFD (índices)−1.000 €Sí
Comisiones de apertura y cierre−120 €Sí
Swaps pagados por las posiciones de oro−180 €No (supuesto prudente)
Base del ahorro (3.000 − 1.000 − 120)1.880 €—

Como su sueldo ya agota el mínimo personal, los 1.880 € tributan al 19 %: 357,20 €. Si esos swaps restaran, como en los contratos de divisas, la base sería de 1.700 € y el impuesto, de 323 €: 34,20 € menos. Con más ganancia, el tipo medio (el impuesto dividido entre la base) sube despacio, porque cada tramo paga el suyo:

Base del ahorroImpuestoTipo medio
1.880 €357,20 €19 %
10.000 €1.980 €19,8 %
60.000 €12.680 €21,1 %

Con 10.000 €, por ejemplo, los primeros 6.000 pagan el 19 % (1.140 €) y los otros 4.000, el 21 % (840 €). Son cálculos propios con la escala vigente en 2026, sin otras rentas del ahorro ni deducciones.

Bróker extranjero: cuándo hay que presentar el modelo 720

El modelo 720 es una declaración informativa: con ella no se paga nada. Si tu cuenta está en un bróker situado fuera de España, la cuenta de efectivo donde depositas el margen y se liquidan tus CFD cuenta como una cuenta en el extranjero, según la DGT (V0813-17); los CFD, los futuros y el forex no se declaran, porque son derivados: no son acciones ni otros títulos de los que haya que informar. Si en ese bróker tienes también acciones o fondos, esos van en otro bloque del 720, con su propio umbral de 50.000 € (artículo 42 ter del Real Decreto 1065/2007).

El 27 de enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la UE declaró desproporcionadas las consecuencias que tenía no presentar esta declaración o presentarla tarde, multas incluidas (asunto C-788/19), y la Ley 5/2022 suprimió ese régimen especial. Hoy rige el régimen general de la Ley General Tributaria (artículos 198 y 199, según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre el 720): si no la presentas, 20 € por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €, y la mitad si la presentas tarde sin que te lo pidan (artículo 198). Para criptomonedas custodiadas fuera de España por más de 50.000 € existe el modelo 721. Y antes de abrir cuenta fuera, mira su regulación (qué bróker elegir para un Expert Advisor).

¿Es una actividad económica? ¿Y la suscripción del robot?

Operar tu propio dinero, aunque hagas muchas operaciones o uses un robot, no suele ser una actividad económica. La ley exige organizar medios para intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios (artículo 27.1), y en noviembre de 2025 la DGT respondió que quien compra y vende criptomonedas con un programa que automatiza las operaciones, con su propio capital y sin prestar servicios a terceros, no ejerce una actividad económica (V2232-25; la DGT lo valora caso por caso). La consulta es sobre criptomonedas y no hemos encontrado una igual sobre CFD; como el artículo de la ley es el mismo, entendemos que el criterio vale también para un robot de CFD, pero es nuestra lectura. Distinto es gestionar dinero de otros o cobrar por servicios, como contamos en ¿es legal el trading en España?

¿Y los gastos? Como particular, solo restan los inherentes a cada operación (artículo 35 de la Ley del IRPF), los que tienen «un nexo claro y preciso» con ella, en palabras de la DGT, que por eso negó que una comisión anual de gestión de cartera rebajara la ganancia (V3292-20). Aplicando ese criterio, una suscripción a un robot, un VPS o un curso, que se paga por periodos y no por operación, en general no rebaja tu ganancia. Es nuestra lectura: no hemos encontrado una consulta sobre un Expert Advisor en concreto.

Qué pasa si no declaras el trading

Si presentas tarde por tu cuenta, antes de que Hacienda te diga nada, pagas el impuesto con un recargo, sin sanción: el 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso y, pasados 12 meses, el 15 % más intereses de demora (artículo 27 de la Ley General Tributaria). Si es Hacienda quien lo regulariza, tras un requerimiento o una comprobación, al impuesto y los intereses se suma una sanción del 50 al 150 % de lo que dejaste de pagar, según la gravedad (artículo 191). Y España intercambia cada año con otros países información sobre cuentas financieras (Real Decreto 1021/2015), así que los datos de una cuenta en un bróker extranjero también pueden llegar a Hacienda.

AUREUM y tu declaración

AUREUM es un software que ejecuta, en tu propia cuenta de MetaTrader 5, una estrategia sobre el oro: tu dinero no sale de tu cuenta. Es un programa, no un fondo: nosotros nunca tocamos tu dinero, que está con tu bróker. Las operaciones y sus resultados son tuyos, y para declararlos usas el extracto de tu bróker, igual que si operaras a mano. AUREUM tampoco es asesoramiento fiscal: con tus cifras delante, quien mejor puede ayudarte es un asesor.

Preguntas frecuentes sobre los impuestos del trading

¿Cómo tributan los CFD en España?

Como ganancias y pérdidas patrimoniales en la base del ahorro del IRPF, del 19 al 30 % por tramos. Tributa el resultado liquidado en el año, normalmente el de las operaciones cerradas, con las comisiones de apertura y cierre incluidas, según las consultas vinculantes V0597-18 y V2115-21 de la DGT. No hemos encontrado reglas distintas para los CFD sobre el oro.

¿Cuánto se paga por las ganancias del trading en 2026?

El 19 % hasta 6.000 €, el 21 % de 6.000 a 50.000 €, el 23 % hasta 200.000 €, el 27 % hasta 300.000 € y el 30 % por encima. Cada tramo paga su tipo: si tu sueldo ya agota el mínimo personal, con 10.000 € de ganancia neta son 1.980 €. Es la escala de 2025, que sigue vigente; el País Vasco y Navarra tienen su propio IRPF.

¿Se pueden compensar las pérdidas del trading?

Sí. Se restan de las demás ganancias patrimoniales del año; si el saldo sigue en negativo, compensa hasta el 25 % de tus intereses y dividendos, y lo que quede se arrastra a los cuatro años siguientes. Por eso conviene declarar también los años con pérdidas.

¿Tengo que presentar el modelo 720 si mi bróker es extranjero?

Si en ese bróker solo tienes CFD o forex, tienes que presentarlo cuando la suma de tus cuentas en el extranjero pasa de 50.000 € a 31 de diciembre o en el saldo medio del último trimestre. La cuenta de efectivo del bróker cuenta; los CFD en sí no se declaran. Se presenta del 1 de enero al 31 de marzo; en los años siguientes, solo si algún saldo sube más de 20.000 € o cancelas la cuenta. No supone pagar más impuestos.

¿Cómo se declara un bróker extranjero en la renta?

Si operas CFD o forex con él, igual que con uno español: el resultado va a la base del ahorro como ganancia o pérdida patrimonial. Como no suele darte un informe fiscal español, sacas las cifras del extracto o del historial de MT5, y si la cuenta está en dólares, pasas cada resultado a euros al tipo de cambio oficial del Banco Central Europeo. Aparte, si tus cuentas fuera de España pasan de 50.000 €, presentas el modelo 720, que es solo informativo.

¿Se aplica la regla de los dos meses a los CFD?

No. La DGT ha dicho que los CFD no son valores ni elementos que se vendan y se vuelvan a comprar, así que no se les aplica la regla de los dos meses ni la del año para otros bienes (consultas V2770-19 y V2115-21). Si cierras con pérdida y vuelves a abrir, la pérdida cuenta ese año.

¿Es deducible la suscripción a un robot de trading?

Para un particular, en general no. Solo restan los gastos ligados a cada operación, como las comisiones de apertura y cierre. La DGT negó que una comisión anual de gestión de cartera, que se paga por periodos y al margen de las operaciones, rebaje la ganancia (V3292-20); no hemos encontrado una consulta sobre robots de trading, pero con ese criterio tampoco lo haría una suscripción. Otra cosa sería que el trading fuera una actividad económica, algo poco habitual si operas tu propio dinero.

Aviso

Este artículo es educativo y no es asesoramiento fiscal, legal ni de inversión. Resume la normativa estatal del IRPF vigente el 3 de noviembre de 2026; las normas, los criterios de la Agencia Tributaria y las casillas pueden cambiar, y tu situación puede tener matices, así que consulta a un asesor fiscal o a la Agencia Tributaria antes de presentar. El ejemplo es un cálculo propio con cifras redondas. El trading apalancado conlleva un alto riesgo y puedes perder parte o la totalidad del capital. Los resultados pasados o simulados no garantizan resultados futuros.

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